Con la reforma a la Ley Electoral, la renovación de magistrados del CSE y la cancelación de dos partidos políticos, dio inicio la carrera de las Elecciones Generales del 7 de noviembre en Nicaragua
A diferencia de otras ocasiones, el Consejo Supremo Electoral (CSE) no tardó mucho en actualizar la información de su sitio web, luego de que el pasado 18 de mayo ilegalizó al Partido Restauración Democrática (PRD) y al Partido Conservador (PC), extendiendo así la lista de partidos políticos inhibidos en los últimos años y disminuyendo aún más las opciones políticas para las Elecciones Generales del 7 de noviembre. Tras estos hechos, ¿cuántos partidos podrían aparecer en la boleta de este año?
PRD: un camino corto
El 3 de mayo de 2017, meses antes de las elecciones municipales de ese año, el reverendo Saturnino Cerrato, excandidato a la Presidencia por el Partido Alianza Liberal Nicaragüense (ALN), recibió del CSE la representatividad de un nuevo partido político bajo la casilla 14, que antes perteneció al Movimiento Renovador Sandinista (MRS), hoy conocido como UNAMOS. "Tengo el más alto nivel de entusiasmo por haber recibido la personería jurídica", dijo el reverendo al ser notificado.
El PRD participó por primera vez en las elecciones municipales del 5 de noviembre de 2017, obteniendo, según cifras oficiales, un total de 23,463 votos a nivel nacional. En el 2019 participó en las elecciones regionales, resultando acreedor de 117 votos en la Región Autónoma de la Costa Caribe Norte y 100 votos en la Región Autónoma de la Costa Caribe Sur.
El 22 de febrero de 2020, el PRD fue el primer partido político con personería jurídica que decidió integrarse a la Coalición Nacional, bloque opositor que aglutina una significativa representación de sectores sociales y políticos. Dicho partido se perfilaba como la casilla en donde participarían los integrantes de este bloque, luego de que no se lograra concretar una alianza electoral con el partido Ciudadanos por la Libertad (CxL).
El PRD fue impugnado por un grupo de once pastores evangélicos, quienes no eran militantes del partido. La apelación ante esta impugnación fue introducida el 17 de mayo y al día siguiente se notificó la cancelación de su personería jurídica por "oponerse a todos los principios cristianos y aliarse con personas que promueven antivalores". Este ha sido uno de los partidos políticos que menos ha perdurado, siendo su tiempo de vida cuatro años.
PC: otra vez sin casilla
No es la primera vez que el partido verde se queda sin personería jurídica. En junio de 2008, previo a las elecciones municipales de ese año, el CSE inhabilitó su casilla, de forma paralela junto al MRS. Dos años más tarde, bajo la dirigencia del exdiputado Alejandro Bolaños Davis, le fue devuelta la representatividad, y desde entonces ha logrado participar en varios procesos electorales. Sin embargo, dicha entidad partidaria es señalada por algunos sectores como "colaboracionista" del Gobierno.
Como ante sala a las elecciones de este año, el PC lanzó en febrero la plataforma Unión Republicana (UNIR), la cual intentó aglutinar a liberales y personalidades de la sociedad civil. Dos meses después, UNIR fue certificada por la Dirección de Partidos Políticos del CSE. Sin embargo, el 12 de mayo de este año, el pleno del partido manifestó su inconformidad con las reformas electorales aprobadas recientemente y por unanimidad resolvió no participar en las elecciones. Según el CSE, esa fue la causa que llevó a la cancelación de la personería jurídica.
Tanto el PRD como el PC introdujeron un recurso de apelación para revocar la decisión del órgano electoral, manejado por magistrados afines al Gobierno de Daniel Ortega.
Las casillas vigentes para la boleta del 7N
Según registros del CSE, 29 partidos políticos han sido cancelados desde 1990 hasta la fecha. Para las elecciones del 7 de noviembre de este año aún quedan habilitados 17 partidos políticos, de los cuales 11 son de carácter nacional y seis regional.
Con la conformación de las alianzas electorales presentadas ante el CSE el pasado 12 de mayo, 11 partidos se han comprometido a ir en bloques.
La primera alianza electoral, Unida Nicaragua Triunfa, es encabezada por el Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN) y aglutina a cuatro partidos nacionales: el Partido Liberal Nacionalista (PLN), Partido Resistencia Nicaragüense (PRN), Partido de Unidad Cristiana (PUC), Alternativa por el Cambio (AC). Además, los partidos regionales: Partido Indígena Multiétnico (PIM), Partido Autónomo Liberal (PAL), Partido Movimiento Yapti Tasba Masraka Raya Nani (MYATAMARAN) y el Partido Movimiento Indígena Progresista de la Moskitia (MOSKITIA PAWANKA).
Por otro lado, la Alianza Ciudadana es encabezada por el Partido Ciudadanos por la Libertad (CxL) y el partido regional Movimiento de Unidad Costeña (PAMUC).
Los otros partidos que aún mantienen su personería jurídica son: el Partido Liberal Constitucionalista (PLC), el partido Camino Cristiano Nicaragüense (CCN) -quien mantuvo alianza electoral con el FSLN desde el año 2011-, el partido Alianza Liberal Nicaragüense (ALN), el partido Alianza por la República (APRE) y el Partido Liberal Independiente (PLI).
A pesar de no haber alcanzado el 4 % de votos establecido por el Artículo 74 de la Ley Electoral en Nicaragua, el PLI, APRE y ALN mantienen su personalidad jurídica. APRE y ALN cuentan con un diputado cada uno en la actual Asamblea Nacional, mientras el PLI mantiene dos curules en el órgano legislativo.
Yapti Tasba Masraka Nanih Asla Takanka (YATAMA), es otro de los partidos regionales que aún cuenta con su personería jurídica. Este fue por muchos años un aliado del FSLN y recientemente se retiró de la Coalición Nacional. No firmó alianza con ninguna casilla para estas elecciones.
Según la Ley Electoral en su Artículo 74, estas son las casuales para la anulación de la personería jurídica de un partido político en Nicaragua:
1. La reincidencia en el incumplimiento de lo establecido en el Artículo sobre las causales de suspensión.
2. La violación a las disposiciones que sobre el origen y uso del financiamiento se establecen en la Ley para los partidos políticos en cuanto a sus responsabilidades.
3. Por autodisolución del partido político o por fusión con otro.
4. No participar en las elecciones que se convoquen, de conformidad al Artículo 1 de la Ley, y en el caso de haber participado no obtener al menos el cuatro por ciento (4 %) del total de votos válidos de las elecciones nacionales.
5. En el caso que los partidos políticos vayan en alianzas electorales y la alianza no obtenga al menos un porcentaje de votos válidos equivalente al cuatro por ciento (4 %) multiplicado por el número de partidos que integran la alianza. En este caso los partidos políticos pierden su personalidad jurídica y únicamente la conserva el partido bajo cuya bandera fue la alianza, siempre y cuando ésta obtenga el porcentaje establecido en el numeral anterior.
6. El incumplimiento de las obligaciones estipuladas en los numerales 13 y 14 del Artículo 63 de la Ley Electoral
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