Las autoridades nicaragüenses fueron selectivas al implementar las prácticas más crueles en contra de la oposición y ciudadanía organizada desde abril de 2018: ahogamiento simulado, fracturas y choques eléctricos.
Por Voces En Libertad | @VocesNi
Managua, Nicaragua
Un informe presentado por la Comisión Permanente de los Derechos Humanos (CPDH) reveló que durante los últimos cinco años (2018-2023), el régimen de Daniel Ortega y su esposa Rosario Murillo implementó al menos 38 tipos de tortura para castigar a las y los opositores políticos en Nicaragua.
Denis Darce, secretario ejecutivo adjunto de dicha organización explicó que estos patrones y prácticas fueron identificadas dentro de las 682 denuncias de graves violaciones a los derechos humanos que pudieron documentar. 276 expedientes se vinculan directamente a estas prácticas inhumanas y un total de 73 casos contienen valoraciones de médicos forenses.
"Cuando hablamos de los victimarios hay que destacar que el mayor porcentaje de los señalados son miembros de la Policía Nacional (35 %), grupos paramilitares (9 %), y un 51 % de las víctimas no logró identificar a sus verdugos", apunta Darce. Agregó que en "25 expedientes se tiene de manera concreta y directa los nombres y apellidos de quienes fueron los torturadores".
Torturas selectivas
Aunque el 77 % de las víctimas refiere haber sufrido torturas con puños, en el informe de CPDH se destaca que las autoridades nicaragüenses fueron selectivas al implementar las prácticas más crueles. Por ejemplo, en el 10 % de los casos se revelan agresiones con armas cortantes, un 8 % vivió ahogamiento simulado, otro 6 % sufrió fracturas y un 4 % de las víctimas denuncia haber sufrido choques eléctricos (taster).
"Si nosotros nos adentramos en los testimonios que hay en cada uno de los expedientes, nos damos cuenta que hay situaciones que, en la actualidad, se creían que ya no eran utilizadas", resaltó el defensor de derechos humanos.
La Constitución Política de Nicaragua en su Artículo 36 expresa de forma clara que "nadie será sometido a torturas, procedimientos, penas ni a tratos crueles, inhumanos o degradantes". En este sentido se establece que la "violación a este derecho constituye delito y será penado por ley".
Arce señala que el Código Penal del país centroamericano va más allá y califica como un criminal de lesa humanidad a "quien someta a otra persona a cualquier tipo de tortura física o psíquica con fines de investigación penal, como medio intimidatorio, castigo personal, medida preventiva, pena o cualquier otro fin". La pena por cometer estos actos oscila entre siete y diez años de prisión.
Echarlos del Estado
En la misma línea, el organismo señala que aquella "autoridad, funcionario o empleado público que realice alguna de las conductas descritas", además de la prisión, se le impondrá "la inhabilitación absoluta de ocho a doce años".
También son sancionados "de cinco a siete años de prisión e inhabilitación especial para ejercer el empleo o cargo público de cinco a nueve años" aquellos funcionarios que tengan conocimiento de prácticas de tortura y no impida la comisión del delito.
Cabe mencionar que las leyes de Nicaragua comprenden por tortura aquello que "cause intencionalmente dolor o sufrimientos graves, ya sean físicos o psíquicos, a una persona que esté bajo su custodia o control" del Estado.
La Convención de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) contra la tortura, de la que Nicaragua es firmante, también condena este tipo de prácticas y responsabiliza a los Estados de velar y castigar a quienes los cometan.
Según la CPDH, estos son los actos de tortura que se practican en Nicaragua desde abril del año 2018:
Levantar y arrancar las uñas con tenazas.
Forzar a dormir junto a heces, orines, pulgas, y cucarachas.
Asfixiar con bolsas plásticas.
Desnudar y obligar a dormir en ropa interior.
Introducir rifle por el ano.
Quemar con pistola de electricidad y/o cigarrillos.
Lastimar con alambres de púas.
Golpes con puños y tubos.
Simulacro de estrangulación.
Encierro en celdas subterráneas, oscuras y húmedas.
Golpizas hasta producir hematomas y sangrado interno.
Aislamiento total.
Retención de comida y agua.
Retención de medicinas o aparatos médicos.
Sometimiento a frío extremo.
Comidas descompuestas con vidrios e insectos.
Luz encendida las 24 horas.
Torturas psicológicas.
Exposición al Sol 15 minutos cada 10 o más días.
Denegar uso de biblias y artículos religiosos.
Obligar a defecar en la mano.
Lenguaje soez para dirigirse a los presos.
Decomisar lentes.
No brindar atención médica a presos heridos.
Colgarlos para golpearlos.
Obligar a desnudarse para pasearlos y tocarse.
Prohibir comunicación con familiares y abogados.
Violación sexual a mujeres.
Golpear los ojos de los presos hasta dejarlos morados.
Rapar la cabeza de hombres.
Uso de bombas lacrimógenas y gas pimienta.
Interrogatorios diarios.
Obligar a hacer las necesidades fisiológicas en un hoyo.
Forzar abortos.
Desprendimiento de dientes.
Atarlos en una silla y golpearlos hasta que vomiten.
Introducir a presos comunes a que hagan daño a presos políticos.
Acuchillamiento.
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