En ciertos casos, las irregularidades son de tal magnitud que pueden llevar a la nulidad de los comicios en una determinada mesa electoral. La invalidez implica la anulación de todos los sufragios emitidos en la mesa afectada, lo que puede impactar significativamente en los resultados generales de la elección.
Por Jairo Videa | @JairoVidea
Tegucigalpa, Honduras

Hoy, domingo 10 de marzo de 2025, Honduras celebra sus elecciones primarias, un evento crucial para el proceso democrático del país. Sin embargo, la transparencia y legitimidad de los comicios pueden verse amenazadas por diversas prácticas ilícitas, tipificadas como delitos electorales en el marco legal hondureño. Estas acciones no solo atentan contra el derecho al sufragio de la ciudadanía, sino que ponen en riesgo la estabilidad democrática y la confianza en las instituciones. A continuación, la Redacción de COYUNTURA resume los principales delitos electorales contemplados en el Código Penal y la Ley Electoral de Honduras.
Uno de los delitos electorales más graves es la coacción o amenaza electoral, que se comete cuando una persona impide a otra ejercer su derecho al voto o interfiere en el funcionamiento de los organismos electorales. Según el artículo 542 del Código Penal, incurren en este delito quienes:
Obstaculicen la instalación de los locales de votación.
Impidan la apertura de las urnas, interrumpan la jornada electoral o trasladen los centros de votación sin autorización del Consejo Nacional Electoral (CNE).
Restringan el ejercicio de funciones de los Miembros de las Juntas Receptoras de Votos (JRV).
Dificulten o alteren la propaganda electoral lícita.
Los responsables de estos actos pueden enfrentar penas de cuatro a seis años de cárcel, y el Ministerio Público (MP) está facultado para investigar y procesar de oficio o mediante denuncia.
Otro delito con serias implicaciones es la falsificación de documentos electorales, sancionado en el artículo 456 del Código Penal con penas de cuatro a ocho años de prisión. Este delito comprende:
Alterar, destruir u ocultar documentos oficiales emitidos por el CNE.
Crear documentos falsos similares a los originales.
Manipular la información contenida en documentos electorales para inducir a error.
Los documentos electorales protegidos por la ley incluyen:
Listado de Electores
Cuaderno de Votación
Actas de Apertura y de Cierre
Copias Certificadas de Actas de Cierre
Hojas de Incidencias
Credenciales del CNE
Papeletas Electorales
Documento Nacional de Identificación (DNI)
Documento del Sistema de Transmisión de Resultados Preliminares (TREP)
La falsificación de estos documentos compromete la legalidad del proceso y mina la confianza ciudadana en los resultados electorales.
El Código Penal también contempla diversas acciones que afectan la integridad de las elecciones, tales como:
Cambiar injustificadamente el tiempo y lugar de votación.
Usurpar cargos dentro de la JRV.
Impedir la revisión de urnas o manipular el conteo de votos.
Llenar incorrectamente los documentos electorales con intención maliciosa.
Retrasar u omitir la entrega de materiales y documentación electoral.
Suplantar la identidad de un votante.
Comprar o vender votos.
Violar el principio de secretividad del sufragio.
Votar más de una vez o estando inhabilitado.
Alterar la base de datos del Censo Nacional Electoral.
Estas infracciones están castigadas con penas de cuatro a seis años de prisión, según el artículo 544 del Código Penal.
La legislación electoral hondureña también establece que ciertas irregularidades pueden derivar en la nulidad de la votación, según el artículo 297 de la Ley Electoral. Entre las causas de nulidad destacan:
Instalación de la JRV en lugares no autorizados por el CNE.
Uso de documentos, materiales y equipos no oficiales.
Escrutinio realizado en sitios no permitidos.
Permitir el voto de personas no habilitadas.
Alteración fraudulenta de las Actas de Cierre y sus copias certificadas.
Impedir el ejercicio del sufragio.
Violar el secreto del voto.
Cuando una votación es declarada nula, todas las acciones y decisiones tomadas por la JRV en ese centro quedan sin efecto.
En el contexto de las elecciones primarias de 2025, es fundamental que las y los ciudadanos, partidos políticos y autoridades velen por la transparencia y legalidad del proceso. La participación ciudadana no solo implica ejercer el voto, sino también denunciar cualquier irregularidad que pueda comprometer la voluntad popular.
La Fiscalía, junto con el CNE y otras entidades de fiscalización electoral, tiene el deber de investigar y sancionar cualquier delito electoral que ocurra durante la jornada. La construcción de una democracia sólida depende de la defensa de procesos electorales justos y libres de corrupción.
Este domingo, Honduras tiene la oportunidad de demostrar su compromiso con la democracia. La vigilancia ciudadana y el cumplimiento estricto de la ley son esenciales para garantizar elecciones transparentes y la confianza en el sistema electoral del país centroamericano.
¿Anomalías? Comuníquese con el CNE, el MP o los medios de comunicación independientes. Puede llamar a las líneas 107 y 108, habilitadas por el órgano electoral. Denuncias a la Fiscalía al número telefónico (502) 2221 8268 y también vía correo electrónico enviando un mensaje a unidadespecialcontradelitosele@gmail.com.
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