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CIDH otorga medidas cautelares a líderesa del Movimiento Universitario 19 Abril en Nicaragua

En un comunicado oficial divulgado esta semana, el órgano insta al Estado de Nicaragua a proteger los derechos fundamentales y garantizar condiciones de detención y atención médica adecuadas para la beneficiaria. Esta resolución resalta la preocupante situación de derechos humanos en el país.

Por Redacción Central | @CoyunturaNic

Managua, Nicaragua
Una manifestación del año 2018 en Managua | Fotografía de Coyuntura por Jairo Videa
Una manifestación del año 2018 en Managua | Fotografía de Coyuntura por Jairo Videa

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió el lunes 19 de junio de 2023 la Resolución 34/23, en la cual otorga medidas cautelares a favor de J.N.S.R. tras considerar que se encuentra en una "situación de gravedad" y "urgencia de riesgo de daño irreparable" a sus derechos en Nicaragua.


Según la parte solicitante, J.N.S.R. es vicepresidenta del Movimiento Universitario 19 Abril (MU19A) y ha estado privada de libertad desde el 04 de abril de este año en la Dirección de Auxilio Judicial en Managua, una cárcel conocida como "El Chipote". Además, la presa política se encuentra incomunicada y no se dispone de información oficial sobre sus condiciones actuales de detención, atención médica y suministro de medicamentos, a pesar de padecer una serie de problemas de salud.


Por su parte, el Estado no proporciona información que permita determinar que se han mitigado adecuadamente los factores de riesgo identificados en torno a este caso. Mientras tanto, la cifra de personas detenidas por la administración Ortega-Murillo por razones políticas se ha elevado a 64, según el Mecanismo para el Reconocimiento de Personas Presas Políticas en Nicaragua.


Tras analizar las alegaciones presentadas, la CIDH concluyó que J.N.S.R. se encuentra en una situación de riesgo debido a su incomunicación tras su privación de libertad, así como a la falta de información por parte de las autoridades estatales sobre sus condiciones de reclusión y estado de salud. En consecuencia, en virtud del Artículo 25 del Reglamento, la CIDH solicitó al Estado de Nicaragua que tome las siguientes medidas:


a. Adoptar las medidas necesarias para proteger los derechos a la vida, integridad personal y salud de J.N.S.R.


b. Asegurar que las condiciones de detención de J.N.S.R. sean compatibles con los estándares internacionales aplicables, lo cual implica garantizar el acceso a atención médica adecuada y especializada, realizar una evaluación médica especializada de su situación de salud de forma inmediata, proporcionar los tratamientos y medicamentos necesarios para sus padecimientos, y garantizar el contacto regular y acceso con sus familiares, abogados y representantes.


c. Coordinar las medidas a tomar con J.N.S.R. y sus representantes.


d. Informar sobre las acciones emprendidas para investigar los presuntos hechos que llevaron a la adopción de la presente resolución, con el objetivo de evitar su repetición.


Es importante destacar que el otorgamiento de estas medidas cautelares y su adopción por parte del Estado no implican un prejuzgamiento sobre una eventual petición presentada ante el sistema interamericano en la que se aleguen violaciones a los derechos protegidos en la Convención Americana y otros instrumentos aplicables.


La CIDH, como organismo autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), tiene como objetivo principal promover y proteger los derechos humanos en la región, recuerda el órgano en su comunicado.


A través de la emisión de medidas cautelares, se busca prevenir daños irreparables a las personas en situación de riesgo. Estas medidas cautelares son una herramienta importante para asegurar la protección de los derechos humanos en situaciones urgentes y graves.


La Resolución 34/23 emitida por la CIDH pone de manifiesto la preocupación por la falta de información y las condiciones de detención de J.N.S.R. en Nicaragua. La privación de libertad y la incomunicación de una persona sin una debida atención médica y acceso a sus familiares y representantes pueden constituir violaciones a los derechos humanos reconocidos en instrumentos internacionales, como la Convención Americana sobre Derechos Humanos.


La sociedad civil y las organizaciones de derechos humanos han estado monitoreando de cerca la situación en Nicaragua, expresando su preocupación por la falta de respeto a los derechos fundamentales, como la libertad de expresión, la libertad de asociación y el derecho a un juicio justo.


La emisión de estas medidas cautelares por parte de la CIDH refuerza la importancia de garantizar el respeto a los derechos humanos en el país centroamericano y llama la atención sobre la necesidad de una respuesta adecuada por parte del Estado.


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